Información sobre el proceso electoral para la elección del/la Director/a del Departamento
El voto anticipado podrá presentarse en la Secretaría del Departamento
Elección
”1. El Consejo de Departamento elegirá al Director de entre el profesorado doctor con vinculación permanente a la Universidad.
2. Para ser elegido Director, será necesario obtener en primera votación mayoría absoluta. Si ésta no se alcanzare, bastará obtener mayoría simple en segunda votación”.
(Artículo 68 de los Estatutos de la UGR).
Voto Anticipado
”Para la elección del Director del Departamento, y como medida excepcional, podrá autorizarse el voto anticipado por escrito de aquellos miembros que lo soliciten y justifiquen adecuadamente su ausencia a la sesión del Consejo.
1. El voto anticipado sólo surtirá efecto en la primera votación en la que se exige la obtención de mayoría.
2. Deberá presentarse bien ante la Secretaría del Departamento, bien por correo certificado dirigido al Secretario del mismo, con una antelación máxima de siete días naturales, debiendo haberse depositado en el Departamento con al menos 24 horas de antelación antes de la celebración de la votación.”
(Artículo 17.2.e. del RRI del Departamento).